Lanbide. Cursos Subvencionados

Ayudas oficiales para la formación: LANBIDE

La formación profesional continua es un instrumento esencial para garantizar la formación a lo largo de la vida, la adaptación de los trabajadores/as y de las empresas a la nueva sociedad basada en el conocimiento y el mantenimiento de la capacitación profesional de los trabajadores/as en supuestos cambios y mutaciones de los procesos productivos.

Lanbide ha gestionado distintas convocatorias a lo largo de los últimos años, tanto para la ejecución de planes de formación para empresas (acciones estratégicas formativas), como para la realización de estudios de análisis y detección de necesidades de formación.

Lanbide

Financiación de acciones formativas y justificación

Las empresas deben consumir el crédito disponible para el ejercicio en el sistema estatal de bonificaciones a través del Sistema de Bonificaciones a la Seguridad Social, descontándose en caso contrario de la subvención final la cantidad de crédito no consumida.

Con carácter general, la justificación se realizará en función de los gastos asociados a los formadores, instalaciones, equipamientos, gestión y otros gastos financiables. Para documentar la realización del gasto se utilizarán nóminas, facturas y cualquier otro documento que Lanbide requiera al titular.

Empresas

Las empresas que pueden solicitar Lanbide deberán tener una plantilla de 35 o más personas trabajadoras.

Excepcionalmente las empresas que presenten plan de formación y cuyo número de plantilla sea inferior a 35 podrán optar a la ayuda económica. En esos casos Lanbide, a propuesta de Lanbide, analizará la viabilidad del plan de formación y determinará la aceptación o no del mismo.

Grupos de empresas

Los grupos de empresas que tengan 50 o más personas en plantilla también pueden solicitar la ayuda. Para ser consideradas como grupo de empresas, las diferentes sociedades que componen el grupo deben tener entre si alguna de las siguientes vínculos:

  • Una empresa tiene la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de la otra empresa.
  • Una empresa con capacidad de decisión para el nombramiento de los órganos de control (administración, dirección…) de la otra empresa.
  • Una empresa tiene reconocida influencia sobre otra, y se reconoce mediante cláusulas recogidas en los estatutos de alguna de las dos empresas.
  • Una empresa controla la mayoría de los derechos al voto de sus accionistas, en virtud de un acuerdo hecho con otros accionistas o con los socios de la segunda empresa.

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