¿Pueden denegarte el Permiso Individual de Formación?

13 Mayo 2025 Formación Empresas

El Permiso Individual de Formación o PIF es el permiso remunerado que los trabajadores pueden solicitar a la empresa donde trabajan para poder continuar la realización de sus estudios. Si una empresa te concede el permiso individual de formación, dispones de un máximo de 200 horas laborales por año para continuar con tu formación.

Pero…¿podría la empresa denegar el PIF? Te contamos todo lo que debes saber sobre la denegación del permiso individual de formación.

Normativa que regula el PIF

El permiso individual de formación está regulado principalmente por el Real Decreto 694/2017, que establece el subsistema de formación profesional para el empleo. En particular, el artículo 29 de este Real Decreto recoge el marco legal para la solicitud, autorización y financiación de los PIF, estableciendo los derechos y las obligaciones tanto del trabajador como de la empresa.

Es relevante destacar que el Real Decreto otorga a los trabajadores el derecho a solicitar estos permisos para llevar a cabo formaciones oficiales reconocidas por el sistema educativo, siempre y cuando tales formaciones contribuyan a la mejora de sus competencias laborales o a la obtención de titulaciones académicas.

Sin embargo, la normativa no impone una obligación legal absoluta a la empresa de conceder dicho permiso si existen razones organizativas o de producción que justifiquen la negativa.

Proceso para solicitar el Permiso Individual de Formación

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, establece el modelo de solicitud de autorización del permiso individual de formación que las empresas ponen a disposición de los trabajadores. Se debe entregar imprescindiblemente para la financiación del PIF dicha solicitud de autorización, aceptada tanto por la empresa como por el trabajador, en la que conste la jornada laboral y el horario de formación.

El trabajador, para comenzar con el proceso, debe solicitar formalmente el permiso a la empresa, y, siempre que no existan motivos que impidan autorizar el permiso, la empresa estará obligada a aceptarlo. Si el trabajador no presenta la solicitud, el proceso no se activa.

A día de hoy no existe un modelo oficial actualizado de solicitud y autorización tras el Real Decreto 694/2017, aunque se sigue utilizando el Anexo 1 de la Orden TAS 2307/2007. No obstante, a este modelo habría que añadirle la indicación del horario laboral, ya que es un requisito del Real Decreto que lo sustituye.

Razones para la denegación del PIF

Como hemos comentado anteriormente, la empresa está obligada autorizar el permiso a no ser que existan motivos organizativos o de producción:

Motivos organizativos

La empresa puede denegar el permiso si la ausencia del trabajador durante su jornada laboral genera un perjuicio significativo en la organización del trabajo, la distribución de tareas o el funcionamiento normal de la actividad productiva.

Por ejemplo, si la falta del empleado afecta a la planificación de turnos, dificulta la realización de tareas esenciales o desestabiliza la operativa diaria, la denegación del permiso individual de formación podría estimarse justificada.

Razones de producción

La empresa también puede denegar el PIF si la ausencia del trabajador tiene un impacto negativo sobre la producción, el cumplimiento de plazos o la capacidad de la empresa para satisfacer la demanda de sus clientes. Este argumento es particularmente relevante en sectores en los que el cumplimiento de pedidos o entregas está sujeto a calendarios estrictos.

Si por alguna de las razones, la empresa quiere no autorizar el permiso, debe comunicárselo al trabajador por escrito, especificando claramente los motivos de la negativa. Por ende, el empleado tiene el derecho a acudir a representación legal de los trabajadores en caso de disconformidad con la decisión de la empresa.

La denegación del PIF no debe basarse bajo ningún concepto en criterios discriminatorios, ni tampoco se adopte de manera arbitraria.

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