Lo que necesitas saber sobre el contrato de encomienda de Fundae
El contrato de encomienda de Fundae es una figura clave para las empresas que desean gestionar correctamente la formación bonificada a través del sistema de Formación Programada para Empresas. Sin embargo, sigue siendo un documento desconocido o mal entendido, lo que puede derivar en errores administrativos, incidencias en inspecciones o incluso la pérdida de bonificaciones.
En este artículo explicamos qué es el contrato de encomienda de Fundae, cuándo es obligatoria, qué debe incluir y qué responsabilidades asumen la empresa y la entidad formadora, con un enfoque práctico y actualizado.
Qué es el contrato de encomienda de Fundae
El contrato de encomienda de Fundae es el acuerdo formal mediante el cual una empresa delegada (normalmente una entidad de formación o un centro especializado) asume la organización y/o gestión de la formación bonificada en nombre de la empresa que va a beneficiarse de las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social.
Este contrato está regulado por la normativa del sistema de Formación Profesional para el Empleo y es obligatorio cuando la empresa no gestiona directamente la formación ante Fundae.
Cuándo es obligatorio el contrato de encomienda de Fundae
El contrato de encomienda de Fundae es obligatorio en los siguientes casos:
- Cuando la empresa externaliza la gestión de la formación bonificada.
- Cuando una entidad de formación organiza los cursos y realiza las comunicaciones en la aplicación de Fundae.
- Cuando existe un tercero que actúa en nombre de la empresa ante Fundae.
En la práctica, la mayoría de las empresas opta por delegar la gestión en una entidad especializada, por lo que el contrato de encomienda es habitual y recomendable.
Quiénes intervienen en el contrato de encomienda
En el contrato de encomienda participan tres figuras clave:
Empresa beneficiaria
Es la empresa que:
- Forma a sus trabajadores.
- Dispone de crédito de formación.
- Aplica la bonificación en sus seguros sociales.
Aunque delegue la gestión, sigue siendo la responsable última ante Fundae y la Inspección de Trabajo.
Entidad organizadora o de formación
Es la entidad a la que se le encomienda:
- La organización de los cursos.
- La gestión administrativa en Fundae.
- El asesoramiento técnico y normativo.
- Empresas como Cei Formación actúan habitualmente como entidad organizadora, aportando experiencia, control y seguridad jurídica.
Fundae
Es el organismo que:
- Regula el sistema.
- Supervisa la correcta aplicación de las bonificaciones.
- Puede requerir documentación o realizar comprobaciones posteriores.
Qué debe incluir un contrato de encomienda
Para que el contrato de encomienda de Fundae sea válido y eficaz, debe incluir como mínimo:
- Datos identificativos de la empresa y de la entidad organizadora.
- Objeto del contrato, especificando las funciones delegadas.
- Ámbito de la encomienda (organización, gestión, ambas).
- Duración del contrato (normalmente anual o por acción formativa).
- Obligaciones de cada parte.
- Sistema de facturación y costes, si aplica.
- Cláusulas de protección de datos.
- Firmas de ambas partes.
Fundae puede solicitar este documento en cualquier momento, incluso años después, por lo que debe conservarse correctamente.
Responsabilidades de la empresa y de la entidad formadora
Un aspecto crítico del contrato de encomienda de Fundae es la distribución de responsabilidades.
Responsabilidades de la empresa
Aunque delegue la gestión, la empresa sigue siendo responsable de:
- La veracidad de los datos comunicados.
- La asistencia real de los trabajadores.
- La correcta aplicación de la bonificación.
- La custodia de la documentación.
Responsabilidades de la entidad organizadora
La entidad formadora asume:
- La correcta comunicación de los cursos.
- El cumplimiento de los plazos Fundae.
- El asesoramiento normativo.
- La correcta justificación de la formación.
Por ello, es fundamental trabajar con una entidad de formación solvente y especializada.
El contrato de encomienda Fundae como garantía de seguridad
Entender el alcance del contrato de encomienda, firmarlo correctamente y contar con una entidad especializada es fundamental para evitar riesgos y maximizar los beneficios del sistema de Formación Profesional para el Empleo.
Si tu empresa quiere aprovechar su crédito formativo con seguridad y garantías, contar con un socio experto en formación bonificada marca la diferencia.